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Términos de Lesiones Personales A en los Países Bajos (Holanda)

Términos neerlandeses de lesiones con la A, de responsabilidad a daños afectivos, explicados con claridad. Entienda su reclamación.

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Responsabilidad

La responsabilidad es la obligación de indemnizar a alguien. Esto puede ser el resultado de una obligación legal o una obligación contractual. En los Países Bajos (Holanda), las reclamaciones por lesiones personales se rigen por la ley holandesa.

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Seguro de Responsabilidad Civil

El contrato de seguro de responsabilidad civil frente a terceros como consecuencia de un evento futuro incierto.

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Aseguradora de Responsabilidad Civil

La aseguradora que cubre la responsabilidad civil.

Declaración de Responsabilidad

Una comunicación escrita de la parte perjudicada al causante de un evento que ha provocado daños, en la que se notifica que la parte perjudicada declara al causante responsable de los daños (personales) sufridos y por sufrir.

Daño Moral por Afecto

Daño inmaterial resultante de la pérdida de un ser querido. O por las graves lesiones sufridas por un ser querido. En los Países Bajos, para los eventos posteriores al 1 de enero de 2019, existe el derecho a una indemnización basada en una tabla. Esta tabla distingue entre la relación con el ser querido y la gravedad de la lesión. Para más información, consulte la página sobre daño moral (smartengeld) por afecto.

Experto en Valoración Laboral

Un experto en valoración laboral es un especialista en la empleabilidad y capacidad de carga de un trabajador. Así, el experto en valoración laboral puede emitir un juicio sobre la capacidad de ganancia de una víctima en un caso de lesiones personales. También puede emitir un juicio sobre la aptitud para el propio trabajo o para un trabajo sustituto. Además, el experto en valoración laboral puede evaluar las posibilidades que tiene una víctima para realizar las tareas domésticas dentro y fuera del hogar. Por lo tanto, el experto en valoración laboral tiene un papel en el cálculo de los siguientes conceptos de daño:

Al evaluar las posibilidades, el experto en valoración laboral se basa en la información médica disponible en la medida de lo posible. A menudo, esta es información disponible en el proceso médico o en una pericia médica ya realizada.

Inspección de Trabajo

La Inspección de Trabajo forma parte de la Inspección SZW. Esta forma parte del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo. La Inspección SZW es el organismo supervisor en el ámbito del Ministerio de Asuntos Sociales y Empleo.

En caso de un accidente laboral que provoque consecuencias permanentes y/o al menos una hospitalización (de un día), el empleador está obligado a notificarlo a la Inspección de Trabajo. La Inspección de Trabajo tiene amplias facultades para investigar un accidente y tomar las medidas adecuadas.

Incapacidad Laboral

El grado en que una persona no es apta para realizar un trabajo. Esto puede referirse al propio trabajo; incapacidad laboral para el propio trabajo. O para otro trabajo (adecuado). Si alguien puede limitar su daño realizando otro trabajo adecuado, entonces el concepto de daño por pérdida de capacidad de ganancia puede limitarse. También puede ser que alguien deba reciclarse para ello. Los costos asociados con la reconversión deben ser reembolsados por la parte responsable.

Accidente Laboral

Un accidente durante la realización de tareas laborales. La condición es que exista una relación de subordinación. Un accidente durante el trayecto de casa al trabajo también se considera un accidente laboral. Un empleador es responsable de un accidente laboral a menos que pueda demostrar que ha tomado todas las medidas necesarias y ha proporcionado información para prevenir un accidente laboral.

LEY: 7:658 BW párrafos 1 y 2:

1 El empleador está obligado a acondicionar y mantener los locales, máquinas y herramientas en los que o con los que realiza el trabajo, así como a tomar las medidas y dar las instrucciones que sean razonablemente necesarias para la realización del trabajo, a fin de evitar que el trabajador sufra daños en el ejercicio de sus funciones.”

“2 El empleador es responsable ante el trabajador por los daños que este sufra en el ejercicio de sus funciones, a menos que demuestre que ha cumplido con las obligaciones mencionadas en el párrafo 1 o que el daño es en gran medida el resultado de dolo o imprudencia consciente del trabajador”

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